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Arrendatario
Empresas y negocios 6 min de lectura

Arrendatario

El arrendatario es quien usa un bien ajeno durante un tiempo a cambio de pagar una renta al propietario.

Última revisión: febrero de 2024 Por Conceptualia Categoría: Empresas y negocios

El arrendatario es la persona física o jurídica que recibe el derecho a usar un bien (una vivienda, un local, una nave, un vehículo o una maquinaria) durante un tiempo determinado a cambio de pagar un precio periódico, llamado renta, al propietario o arrendador. Es la figura que en el lenguaje cotidiano se conoce como inquilino en el alquiler de inmuebles y que, en el ámbito empresarial, aparece en contratos de arrendamiento de locales, de equipos y de otros activos.

¿Qué es un arrendatario?

El arrendatario es una de las dos partes de un contrato de arrendamiento. La otra es el arrendador, que cede el uso del bien. El Código Civil español define el arrendamiento como el contrato por el cual una de las partes se obliga a dar a la otra el goce o uso de una cosa por tiempo determinado y precio cierto. Es decir, el arrendatario no adquiere la propiedad del bien: solo obtiene un derecho de uso y disfrute, que además está limitado en el tiempo y condicionado al pago de la renta.

La palabra procede del verbo arrendar, que a su vez deriva de «renda» (renta). Por eso, en distintos países de habla hispana se emplean también los términos inquilino, locatario o alquilador, según el contexto jurídico.

Características de la figura del arrendatario

  • Uso sin propiedad: disfruta del bien, pero no puede venderlo ni gravarlo.
  • Obligación de pago: la contraprestación es una renta en dinero, pactada en el contrato.
  • Temporalidad: el derecho dura el plazo acordado o el que fije la ley, con posibles prórrogas.
  • Deber de conservación: debe devolver el bien en el estado en que lo recibió, salvo el desgaste normal por el uso.
  • Protección legal: en los arrendamientos de vivienda, la ley le otorga garantías especiales por considerarse la parte más débil de la relación.

Derechos y obligaciones del arrendatario

Derechos Obligaciones
Usar y disfrutar del bien de forma pacífica para el fin pactado Pagar la renta en la forma y fecha acordadas
Exigir al arrendador las reparaciones necesarias para conservar el bien en condiciones de uso Usar el bien con la diligencia de un buen padre de familia y para el uso convenido
Prórroga del contrato en los supuestos que fija la ley Permitir las obras de conservación urgentes
Recuperar la fianza al terminar el contrato si no hay daños ni deudas Devolver el bien al finalizar el contrato
Desistir del contrato en los términos legales o pactados Comunicar los desperfectos y no subarrendar sin permiso

El arrendatario en la Ley de Arrendamientos Urbanos

En España, el alquiler de viviendas y locales se rige principalmente por la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU), que ha sido modificada en varias ocasiones. Para las viviendas, entre sus reglas más conocidas figuran:

  • Duración y prórroga: el arrendatario tiene derecho a prorrogar anualmente el contrato hasta alcanzar una duración mínima de cinco años, o siete si el arrendador es una persona jurídica. Después puede operar una prórroga tácita de hasta tres años más si ninguna de las partes avisa con la antelación legal.
  • Fianza: en vivienda equivale a una mensualidad de renta; en uso distinto de vivienda, a dos.
  • Desistimiento: una vez transcurridos seis meses, el arrendatario puede abandonar el contrato avisando con treinta días de antelación.
  • Garantías adicionales: en vivienda habitual, la ley limita las garantías extra (aval o depósito) que puede exigirse además de la fianza.

Conviene consultar siempre la versión vigente de la norma y la legislación autonómica, porque las reformas recientes en materia de vivienda han introducido cambios en la actualización de rentas y en las zonas tensionadas.

Tipos de arrendatario

  • Arrendatario de vivienda: alquila un inmueble para residir en él.
  • Arrendatario de local de negocio: una empresa o autónomo que alquila un local comercial, oficina o nave. Aquí rige más la libertad de pacto.
  • Arrendatario de bienes muebles: alquila vehículos, maquinaria o equipos. Es el caso del renting.
  • Arrendatario financiero: en el leasing, usa un bien con opción de compra final.
  • Subarrendatario: el que alquila a otro arrendatario, siempre con autorización del propietario.

Ejemplos

Una familia que paga cada mes 900 euros por un piso es arrendataria de vivienda. Una cadena de cafeterías que alquila un local en un centro comercial por una renta fija más un porcentaje de ventas es arrendataria de un local de negocio. Una constructora que contrata el alquiler de una grúa por obra es arrendataria de bienes muebles. En todos los casos, el contrato debe fijar el objeto, la duración, la renta y el reparto de gastos.

Ventajas y desventajas de ser arrendatario

Ventajas Desventajas
No exige una gran inversión inicial No se acumula patrimonio con el pago de la renta
Flexibilidad para cambiar de ubicación La renta puede subir en la actualización anual
El mantenimiento mayor corre a cargo del propietario Limitaciones para reformar el bien
En empresas, la renta suele ser gasto deducible Riesgo de no renovación al terminar el plazo

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre arrendatario y arrendador?
El arrendador es el propietario (o quien tiene facultad para ceder el bien) y recibe la renta. El arrendatario es quien usa el bien y paga esa renta. Son las dos partes del contrato de arrendamiento.
¿El arrendatario es lo mismo que un inquilino?
En el lenguaje común sí: inquilino es el término coloquial para el arrendatario de una vivienda. En un contrato o en una norma se prefiere «arrendatario» por ser la expresión jurídica precisa, que además abarca locales y bienes muebles.
¿Puede el arrendatario subarrendar el bien?
Solo si el arrendador lo autoriza por escrito. En vivienda, el subarriendo parcial requiere consentimiento expreso del propietario; sin él, puede ser causa de resolución del contrato.
¿Quién paga las reparaciones en un alquiler?
El arrendador debe asumir las reparaciones necesarias para conservar el bien en condiciones de uso. El arrendatario paga las pequeñas reparaciones derivadas del desgaste ordinario y las que provoque por mal uso.
¿Cuándo se devuelve la fianza al arrendatario?
Al terminar el contrato, si el bien se devuelve en buen estado y sin deudas. La ley prevé un plazo de un mes para la devolución, a partir del cual la cantidad adeudada genera interés legal.

Referencias

  • España. Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
  • España. Código Civil, libro IV, título VI: «Del contrato de arrendamiento».
  • Díez-Picazo, L. y Gullón, A. Sistema de Derecho Civil, vol. II. Tecnos.

Cómo citar este artículo

Equipo de Conceptualia. (2024). «Arrendatario». Conceptualia. https://conceptualia.es/cultura-y-sociedad/empresas-y-negocios/arrendatario/

Sobre el autor

Conceptualia — El equipo editorial de Conceptualia redacta y revisa cada concepto para que sea claro, riguroso y útil, con ejemplos y ejercicios cuando ayudan a entenderlo.

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