
Derecho positivo
El derecho positivo es el conjunto de normas creadas por una autoridad competente y vigentes en una sociedad determinada.
El derecho positivo es el conjunto de normas jurídicas creadas por los seres humanos, a través de los órganos y procedimientos que cada sociedad establece, y que están o han estado en vigor en un lugar y tiempo determinados. Es el derecho «puesto» (del latín positum) por una autoridad, a diferencia del derecho natural, que se considera derivado de la naturaleza o de la razón.
¿Qué es el derecho positivo?
La palabra «positivo» procede del verbo latino ponere, «poner». Derecho positivo es, por tanto, el que ha sido puesto, promulgado, dictado o reconocido por la autoridad competente: la Constitución, las leyes, los reglamentos, los convenios internacionales ratificados o la costumbre que el sistema acepta como fuente. Es el derecho que efectivamente se estudia, se aplica en los tribunales y se exige a los ciudadanos.
Lo opuesto no es el derecho «negativo», sino el derecho natural o el simple ideal de justicia. Un juez español no resuelve con lo que le parece justo en abstracto, sino con lo que dice el derecho positivo, interpretado conforme a los criterios del ordenamiento jurídico.
Características
- Origen humano e institucional: lo crea el Estado u otra autoridad competente mediante un procedimiento.
- Vigencia: rige en un territorio y durante un periodo concreto. Puede ser derogado o modificado.
- Coactividad: su cumplimiento puede ser impuesto, con sanciones o ejecución forzosa.
- Escrito, en su mayor parte: en los sistemas de tradición continental predominan las normas escritas y codificadas.
- Variabilidad: cambia con la sociedad, las ideas y las necesidades.
- Relatividad cultural: distintos países tienen distintos derechos positivos, aunque compartan principios.
Derecho positivo y positivismo jurídico
El positivismo jurídico es la corriente teórica que sostiene que el único derecho que merece ese nombre es el positivo, y que la validez de una norma depende de su origen (haber sido creada conforme a las reglas del sistema) y no de su contenido moral. Lo desarrollaron autores como John Austin, Hans Kelsen en su Teoría pura del derecho y H. L. A. Hart en El concepto de derecho (1961). Kelsen expuso la estructura escalonada de las normas, que recoge la pirámide de Kelsen.
Hay que distinguir entre el derecho positivo, que es el objeto de estudio, y el positivismo, que es una teoría sobre él. Se puede aceptar la existencia de un derecho positivo sin ser positivista, por ejemplo cuando se admite que debe ajustarse a unos valores morales.
Contenido: qué normas lo integran
En el sistema español, el derecho positivo se compone, de mayor a menor rango, de:
- La Constitución de 1978.
- Los tratados internacionales válidamente celebrados y el derecho de la Unión Europea.
- Las leyes orgánicas y ordinarias, y las normas con rango de ley (decretos-leyes y decretos legislativos).
- Los reglamentos (decretos, órdenes ministeriales, etc.).
- La costumbre y los principios generales del derecho, en su función de fuentes subsidiarias.
El artículo 1 del Código Civil enumera las fuentes del ordenamiento español: ley, costumbre y principios generales del derecho. Puede consultar más detalle en fuentes del derecho.
Derecho positivo, vigente y eficaz
Tres ideas relacionadas pero distintas:
- Validez: la norma se ha dictado por quien podía y como debía.
- Vigencia: la norma está en vigor y no ha sido derogada (más en derecho vigente).
- Eficacia: la norma se cumple y se aplica en la práctica.
Una norma puede ser válida pero no eficaz si la sociedad la ignora, o eficaz pero inválida si procede de un órgano incompetente.
Ejemplos
- El Código Civil de 1889, que regula personas, bienes, obligaciones, contratos y sucesiones.
- El Código Penal de 1995, que tipifica delitos y penas.
- El Estatuto de los Trabajadores, que ordena las relaciones laborales por cuenta ajena.
- Una ordenanza municipal sobre ruido, como norma local.
Importancia
El derecho positivo garantiza la seguridad jurídica, porque permite conocer de antemano las reglas y sus consecuencias. También permite la igualdad ante la ley y el control del poder, pues los gobernantes están sometidos a normas escritas. Su límite es que una ley puede ser injusta; por eso el constitucionalismo contemporáneo incorpora a las constituciones valores y derechos fundamentales que condicionan la validez del resto del ordenamiento.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el derecho positivo?
Es el conjunto de normas jurídicas creadas por una autoridad competente y vigentes en una sociedad determinada, que se aplican por los tribunales y pueden imponerse coactivamente.
¿Qué diferencia hay entre derecho positivo y derecho natural?
El positivo es puesto por el ser humano a través de las instituciones y depende de cada Estado; el natural se supone derivado de la naturaleza humana o la razón y universal. La validez de uno depende del procedimiento de creación; la del otro, según sus defensores, de su justicia.
¿Derecho positivo es lo mismo que derecho vigente?
No exactamente. Derecho positivo es el creado por una autoridad; derecho vigente es el positivo que está actualmente en vigor. Hay derecho positivo histórico que ya no rige.
¿Qué es el positivismo jurídico?
Es la teoría según la cual el derecho es el creado por las instituciones y su validez no depende de que sea moralmente correcto. Sus principales exponentes son Austin, Kelsen y Hart.
¿Cuáles son ejemplos de derecho positivo en España?
La Constitución de 1978, el Código Civil, el Código Penal, las leyes orgánicas y ordinarias, los reglamentos y las normas autonómicas y locales.
Referencias
- Kelsen, H., Teoría pura del derecho.
- Hart, H. L. A., El concepto de derecho.
- Código Civil español, Título Preliminar.
- Nino, C. S., Introducción al análisis del derecho.
Cómo citar este artículo
Equipo de Conceptualia. (2026). «Derecho positivo». Conceptualia. https://conceptualia.es/ciencias-sociales/derecho/derecho-positivo/

















