
Ejemplos de obligaciones civiles y obligaciones naturales
Cuarenta y cinco obligaciones civiles y quince naturales explicadas con su fundamento en el Código Civil español, su clasificación y ejercicios resueltos.
Una obligación civil es la que el acreedor puede exigir ante los tribunales; una obligación natural, en cambio, no se puede reclamar, pero si el deudor la cumple voluntariamente no puede pedir que le devuelvan lo pagado. En este artículo tienes 60 ejemplos: 45 obligaciones civiles con su artículo del Código Civil español o de la ley que las regula y 15 obligaciones naturales reconocidas por la ley o por la doctrina, además de su clasificación y ejercicios resueltos.
¿Qué son las obligaciones civiles y las obligaciones naturales?
Una obligación es el vínculo jurídico por el que una persona (deudor) debe realizar una prestación a favor de otra (acreedor). El artículo 1088 del Código Civil lo resume así: «Toda obligación consiste en dar, hacer o no hacer alguna cosa».
- Obligación civil: es plenamente eficaz. Si el deudor no cumple, el acreedor tiene acción para exigir el cumplimiento o una indemnización, y el deudor responde «con todos sus bienes, presentes y futuros» (art. 1911 CC).
- Obligación natural: carece de acción, pero tiene un efecto: lo pagado voluntariamente no se puede recuperar. Los juristas lo llaman soluti retentio (derecho a retener lo pagado). La figura procede del Derecho romano.
El Código Civil español no regula la obligación natural como categoría general, a diferencia del chileno, cuyo artículo 1470 la define con precisión. La doctrina española la deduce de varios artículos concretos y del 1901, que admite que quien recibió un pago pruebe que se hizo «a título de liberalidad o por otra justa causa».
Características
| Rasgo | Obligación civil | Obligación natural |
|---|---|---|
| ¿Se puede exigir judicialmente? | Sí | No |
| ¿Se puede recuperar lo pagado? | No, porque se debía | No, si se pagó voluntariamente |
| Fundamento | Ley, contrato, cuasicontrato o acto ilícito (art. 1089 CC) | Deber moral o de conciencia, o una obligación civil que perdió su acción |
| Garantías | Admite fianza, prenda o hipoteca | En general no admite garantías eficaces |
| Ejemplo típico | Pagar el precio de una compraventa | Pagar una deuda de juego |
Ejemplos de obligaciones civiles
El artículo 1089 CC enumera sus fuentes: «Las obligaciones nacen de la ley, de los contratos y cuasi contratos, y de los actos y omisiones ilícitos o en que intervenga cualquier género de culpa o negligencia».
Nacidas de la ley
| Ejemplo | Norma |
|---|---|
| Darse alimentos entre cónyuges, ascendientes y descendientes | Art. 143 CC |
| Los padres deben velar por sus hijos, alimentarlos y educarlos | Art. 154 CC |
| Pagar la pensión compensatoria al excónyuge perjudicado por el divorcio | Art. 97 CC |
| Contribuir con los bienes propios a las cargas del matrimonio | Art. 1318 CC |
| Pagar los gastos funerarios de un pariente al que se debían alimentos | Art. 1894 CC |
| Pagar las cuotas de la comunidad de propietarios | Art. 9.1.e Ley de Propiedad Horizontal |
| Costear entre vecinos la reparación de una pared medianera | Art. 575 CC |
| El usufructuario debe hacer inventario y prestar fianza | Art. 491 CC |
| Devolver una cartera encontrada o entregarla al ayuntamiento | Art. 615 CC |
| El heredero debe entregar el legado al legatario | Art. 885 CC |
Nacidas de un contrato
Según el artículo 1091 CC, tienen «fuerza de ley entre las partes contratantes».
| Ejemplo | Norma |
|---|---|
| El vendedor debe entregar la cosa y responder de sus defectos (saneamiento) | Art. 1461 CC |
| El comprador debe pagar el precio en el tiempo y lugar fijados | Art. 1500 CC |
| El arrendador debe entregar la vivienda y hacer las reparaciones necesarias | Art. 1554 CC |
| El inquilino debe pagar la renta y usar la cosa con diligencia | Art. 1555 CC |
| El inquilino de una vivienda debe entregar una fianza de una mensualidad | Art. 36 Ley de Arrendamientos Urbanos |
| Quien recibe un préstamo de dinero debe devolver otro tanto de la misma especie | Art. 1753 CC |
| Quien recibe una cosa prestada (comodato) debe devolverla | Art. 1740 CC |
| El depositario debe guardar la cosa y restituirla | Art. 1758 CC |
| El mandatario debe cumplir el encargo | Art. 1718 CC |
| El mandante debe reembolsar los gastos anticipados por el mandatario | Art. 1728 CC |
| Cada socio debe aportar a la sociedad lo prometido | Art. 1681 CC |
| El contratista debe ejecutar la obra encargada | Art. 1544 CC |
| El dueño de la obra debe pagar el precio al recibirla, salvo pacto | Art. 1599 CC |
| El fiador debe pagar si no lo hace el deudor principal | Art. 1822 CC |
| En la permuta, cada parte debe dar una cosa para recibir otra | Art. 1538 CC |
| El tomador del seguro debe pagar la prima | Art. 14 Ley de Contrato de Seguro |
| La aseguradora debe indemnizar si ocurre el siniestro | Art. 1 Ley de Contrato de Seguro |
| Pagar una renta vitalicia a cambio de un capital | Art. 1802 CC |
| Dar vivienda, manutención y asistencia de por vida en el contrato de alimentos | Art. 1791 CC |
| Indemnizar los daños causados por incumplir un contrato con dolo, negligencia o morosidad | Art. 1101 CC |
Nacidas de un cuasicontrato
| Ejemplo | Norma |
|---|---|
| Quien gestiona sin encargo los asuntos de un vecino ausente debe terminar la gestión | Art. 1888 CC |
| El dueño que se beneficia de esa gestión debe reembolsar los gastos útiles | Art. 1893 CC |
| Quien cobra por error algo que no se le debía debe restituirlo | Art. 1895 CC |
| Devolver una transferencia bancaria recibida por equivocación | Art. 1895 CC |
Nacidas de actos ilícitos o culposos
| Ejemplo | Norma |
|---|---|
| Indemnizar al vecino de abajo por dejar un grifo abierto y causarle una inundación | Art. 1902 CC |
| Los padres responden de los daños causados por los hijos bajo su guarda | Art. 1903 CC |
| El empresario responde de los daños causados por sus empleados en el servicio | Art. 1903 CC |
| El titular de un colegio responde de los daños de alumnos menores en horario escolar | Art. 1903 CC |
| El poseedor de un perro responde si este muerde a alguien | Art. 1905 CC |
| El propietario responde por la ruina de un edificio sin las reparaciones necesarias | Art. 1907 CC |
| El propietario responde por la caída de un árbol en un lugar de paso | Art. 1908 CC |
| El propietario de una industria responde por los humos excesivos que dañan a otros | Art. 1908 CC |
| El cabeza de familia responde por una maceta que cae del balcón | Art. 1910 CC |
| Quien comete un delito debe reparar también los daños causados | Art. 116 Código Penal |
| Indemnizar a las víctimas de un accidente de tráfico | Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor |
Ejemplos de obligaciones naturales
Casos que recoge el Código Civil español
| Ejemplo | Fundamento |
|---|---|
| Pagar intereses de un préstamo que no se habían pactado: no se pueden reclamar después | Art. 1756 CC |
| Pagar lo perdido en una partida de cartas con apuestas entre amigos | Art. 1798 CC (salvo dolo o que el perdedor sea menor) |
| Pagar una apuesta perdida sobre el resultado de un partido | Art. 1799 CC |
| Pagar una factura cuya acción ya había prescrito | Arts. 1930 y 1901 CC |
| Devolver un préstamo familiar reclamado cuando ya habían pasado más de cinco años desde que era exigible | Art. 1964.2 CC |
| Renunciar a la prescripción ya ganada y pagar la deuda | Art. 1935 CC |
| Recompensar con una donación a quien prestó servicios que no eran deuda exigible | Art. 619 CC (donación remuneratoria) |
Deberes morales citados por la doctrina
- Pagar un legado ordenado en un testamento nulo por defecto de forma.
- Mantener a un sobrino, un primo o un tío, parientes a los que la ley no obliga a dar alimentos.
- Ayudar económicamente a un hermano más allá de los «auxilios necesarios para la vida» que exige el artículo 143.
- Pagar al vecino que cuidó de la casa durante una larga ausencia sin haber pactado precio.
Ejemplos en otros ordenamientos
- Chile (art. 1470): las obligaciones contraídas por menores adultos con suficiente juicio.
- Chile (art. 1470): las que proceden de actos a los que faltan las solemnidades legales.
- Chile (art. 1470): las que no se reconocieron en juicio por falta de prueba.
- Francia (art. 1100 del Code civil): la promesa de cumplir un deber de conciencia hacia otro puede generar una obligación.
Clasificación de las obligaciones civiles
| Criterio | Tipos y ejemplo |
|---|---|
| Objeto (art. 1088) | De dar (entregar un coche), de hacer (pintar un piso) y de no hacer (no abrir un negocio competidor). |
| Condición (arts. 1113-1124) | Puras o condicionales: «te pagaré el viaje si apruebas la oposición». |
| Plazo (arts. 1125-1130) | A término: «devolveré el préstamo el 30 de junio». |
| Prestaciones (art. 1131) | Alternativas: entregar un caballo o su precio, a elección del deudor. |
| Sujetos (arts. 1137-1148) | Mancomunadas (cada uno debe su parte) o solidarias (cada uno responde del total). |
| Garantía (art. 1152) | Con cláusula penal: pagar 100 euros por cada día de retraso en la obra. |
Ejercicios resueltos
1. Ana compra un sofá y no lo paga. ¿Puede la tienda reclamarle el precio ante el juez?
Sí: es una obligación civil nacida de un contrato (art. 1500 CC).
2. Luis pierde 50 euros jugando al póquer con amigos, los paga y luego se arrepiente. ¿Puede recuperarlos?
No, salvo dolo o que fuera menor: es una obligación natural y lo pagado voluntariamente no se repite (art. 1798 CC).
3. Indica la fuente de la obligación: un perro muerde a un ciclista y su dueño debe indemnizarle.
Nace de un acto ilícito o culposo, responsabilidad extracontractual del poseedor del animal (art. 1905 CC).
4. Clasifica por su objeto: «comprometerse a no construir un segundo piso que quite vistas al vecino».
Es una obligación de no hacer.
5. Marta paga una deuda que había prescrito y después se entera. ¿Puede exigir que se la devuelvan?
No. La deuda existía aunque hubiera perdido su acción: se trata de una obligación natural y el pago tiene justa causa (art. 1901 CC).
6. Un banco ingresa por error 1000 euros en tu cuenta. ¿Qué obligación surge?
La de restituirlos: es una obligación civil nacida del cuasicontrato de cobro de lo indebido (art. 1895 CC).
Importancia de la distinción
Saber si una deuda es civil o natural determina si se puede ir a juicio para cobrarla y si un pago ya hecho es definitivo. La distinción afecta a situaciones cotidianas, como las deudas de juego, los préstamos entre familiares o las facturas antiguas, y conecta con instituciones básicas del derecho civil como el contrato, la prescripción o la responsabilidad civil.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre una obligación civil y una natural?
La civil se puede exigir ante los tribunales; la natural no, pero si el deudor la cumple voluntariamente no puede reclamar la devolución de lo pagado.
¿Regula el Código Civil español las obligaciones naturales?
No como categoría general. La doctrina las deduce de artículos concretos, como el 1756 (intereses no pactados) y el 1798 (deudas de juego), y del 1901, que admite pagos hechos por «justa causa».
¿Una deuda prescrita es una obligación natural?
Sí, según la doctrina mayoritaria: el acreedor ya no puede exigirla, pero si el deudor paga voluntariamente no puede pedir la devolución.
¿Se puede reclamar una deuda de juego?
No. El artículo 1798 CC niega la acción para reclamar lo ganado en juegos de suerte, envite o azar, aunque quien pagó voluntariamente no puede recuperarlo salvo dolo o que fuera menor o estuviera inhabilitado.
¿Cuáles son las fuentes de las obligaciones civiles?
Según el artículo 1089 CC: la ley, los contratos, los cuasicontratos y los actos u omisiones ilícitos o en los que intervenga culpa o negligencia.
Referencias
- Código Civil español (Real Decreto de 24 de julio de 1889), libro IV: De las obligaciones y contratos.
- Díez-Picazo, L. Fundamentos del Derecho civil patrimonial. Civitas.
- Lacruz Berdejo, J. L. y otros. Elementos de Derecho civil II. Derecho de obligaciones. Dykinson.
Cómo citar este artículo
Equipo de Conceptualia. (2026). «Ejemplos de obligaciones civiles y obligaciones naturales». Conceptualia. https://conceptualia.es/ejemplos/ejemplos-de-obligaciones-civiles-y-obligaciones-naturales/

















