
Delito
Un delito es una acción u omisión que la ley castiga con una pena por dañar o poner en peligro bienes esenciales para la sociedad.
Un delito es una conducta, activa o pasiva, que la ley castiga con una pena porque lesiona o pone en peligro bienes que la sociedad considera esenciales, como la vida, la libertad, el patrimonio o la seguridad colectiva. Es a la vez un concepto jurídico, definido por el derecho penal, y un fenómeno social que sociólogos y criminólogos estudian para entender por qué aparece y cómo reducirlo.
¿Qué es un delito?
La palabra viene del latín delictum, «falta», «culpa», derivado de delinquere, «faltar a un deber». En el lenguaje jurídico, el delito es la acción u omisión que el ordenamiento prohíbe bajo amenaza de pena.
El Código Penal español de 1995 lo expresa así: son delitos las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley. Esta idea conecta con el principio de legalidad: no hay delito ni pena sin una ley previa que los establezca. Lo formuló Cesare Beccaria en De los delitos y de las penas (1764), obra que influyó en la reforma de los sistemas penales europeos.
Elementos del delito
La teoría jurídica del delito, desarrollada sobre todo por la dogmática penal alemana, descompone la conducta delictiva en varios requisitos que deben darse a la vez:
- Acción u omisión: una conducta humana voluntaria. Los pensamientos, por sí solos, no son delito.
- Tipicidad: la conducta encaja exactamente en la descripción que hace la ley penal (el «tipo»).
- Antijuridicidad: la conducta es contraria al ordenamiento y no está amparada por una causa de justificación, como la legítima defensa.
- Culpabilidad: se puede reprochar la conducta a su autor, que era imputable y actuó con dolo o imprudencia.
- Punibilidad: la ley prevé una pena para ese hecho.
Tipos de delitos
Según su gravedad
En el Código Penal español, desde la reforma de 2015 las infracciones se dividen en delitos graves, menos graves y leves. Las antiguas «faltas» desaparecieron como categoría independiente. La gravedad depende de la pena prevista.
Según la forma de comisión
- Dolosos: el autor quiere realizar el hecho o acepta sus consecuencias.
- Imprudentes: el resultado se produce por falta del deber de cuidado, sin intención de causarlo.
- De acción y de omisión: se hace algo prohibido o se deja de hacer algo exigido, como no auxiliar a una persona en peligro.
Según el bien jurídico protegido
| Categoría | Bien protegido | Ejemplos |
|---|---|---|
| Contra las personas | Vida, integridad, libertad | Homicidio, lesiones, detención ilegal |
| Contra el patrimonio | Propiedad y bienes | Robo, hurto, estafa |
| Contra la libertad sexual | Libertad e indemnidad sexual | Agresión sexual, abuso |
| Contra la salud pública | Salud colectiva | Tráfico de drogas |
| Contra la Administración pública | Correcto funcionamiento de lo público | Cohecho, malversación |
| Contra el orden socioeconómico | Economía y mercado | Blanqueo de capitales, delito fiscal |
| Informáticos | Datos y sistemas | Acceso ilícito, estafa informática |
El delito desde la sociología
La sociología no se limita a la definición legal y se pregunta por qué ciertas conductas se consideran delito y por qué unas personas las cometen más que otras.
- Émile Durkheim sostuvo en Las reglas del método sociológico (1895) que el delito es un hecho normal, presente en todas las sociedades, y que reafirma, al ser castigado, los valores compartidos.
- Robert K. Merton explicó con su teoría de la anomia que la desviación aparece cuando la sociedad impone metas, como el éxito económico, pero no ofrece a todos medios legítimos para alcanzarlas.
- Edwin Sutherland introdujo el concepto de «delito de cuello blanco» (1939), al mostrar que las personas respetables y poderosas también delinquen, aunque con menor persecución.
- Howard Becker, con la teoría del etiquetado en Outsiders (1963), subrayó que la desviación depende de quién tiene poder para definirla y de cómo se etiqueta a las personas.
Causas y consecuencias
No existe una causa única. La investigación señala la combinación de factores individuales (impulsividad, consumo de drogas), familiares (violencia, abandono), sociales (pobreza, desigualdad, exclusión, desorganización de los barrios) y de oportunidad (ausencia de vigilancia, facilidad de acceso al objetivo). Las teorías biologicistas del siglo XIX, como la de Cesare Lombroso, que hablaba de un «criminal nato», fueron refutadas por la ciencia.
Entre las consecuencias figuran el daño a las víctimas, el miedo y la desconfianza en la comunidad, el coste económico de la seguridad y de la justicia, y los efectos sobre las personas condenadas y sus familias. Por eso las políticas modernas combinan la prevención, la protección de las víctimas y la reinserción, además del castigo.
Delito, infracción administrativa y pecado
- Infracción administrativa: conducta sancionada por la Administración con multa u otra medida, de menor gravedad, como una infracción de tráfico leve.
- Ilícito civil: daño que obliga a indemnizar, sin pena, como incumplir un contrato.
- Pecado o falta moral: no es delito salvo que la ley lo tipifique; el derecho penal castiga conductas, no creencias.
Conceptos relacionados
Para ampliar, consulta delincuencia, pena, justicia, derecho penal y anomia.
Preguntas frecuentes
¿Qué es un delito en términos sencillos?
¿Cuáles son los elementos del delito?
¿Cuál es la diferencia entre delito e infracción administrativa?
¿Qué diferencia hay entre delito doloso e imprudente?
¿Por qué se comete un delito?
Referencias
- Beccaria, C. (1764). De los delitos y de las penas.
- Durkheim, É. (1895). Las reglas del método sociológico.
- Merton, R. K. (1938). «Social Structure and Anomie». American Sociological Review, 3(5).
- Becker, H. S. (1963). Outsiders: hacia una sociología de la desviación.
Cómo citar este artículo
Equipo de Conceptualia. (2026). «Delito». Conceptualia. https://conceptualia.es/cultura-y-sociedad/sociedad/delito/

















